domingo, 4 de noviembre de 2007

Auditoria del uso del ordenador en la empresa

Después de muchos años sin que estuviera claro el régimen legal de la auditoría del uso del ordenador por parte de la empresa, fundamentalmente en cuanto refiere a la navegación por Internet y el uso del correo electrónico, el Tribunal Supremo, en sentencia del pasado 26 de septiembre, establece jurisprudencia y acaba con sentencias contradictorias, emitidas a lo largo del tiempo por tribunales menores.

En resumen, la empresa puede controlar el uso extraprofesional de los medios de producción informáticos, pero con una condición, debe existir un código telemático corporativo y un protocolo de cómo se efectuarán esas inspecciones y este ha de ser de conocimiento general para todos los empleados. No obstante, hay una excepción a este control, la empresa no puede leer los ficheros personales ni los correos electrónicos del trabajador, el contenido del correo electrónico está protegido, como la correspondencia postal y las llamadas telefónicas, por la garantía constitucional del secreto de las comunicaciones.

Más información: ELPAIS.COM y Sentencia TS.

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